Cuando un ciudadano estadounidense o residente permanente presenta una petición I‑130 para un familiar, actúa como patrocinador financiero del inmigrante. Sin embargo, si esa persona fallece antes de completarse el proceso, la solicitud queda automáticamente revocada, lo que puede poner en riesgo la residencia del beneficiario.
Afortunadamente, existe la opción del restablecimiento humanitario (humanitarian reinstatement), un recurso que permite continuar con el trámite migratorio a pesar del fallecimiento del patrocinador. Este beneficio no está garantizado y se analiza caso por caso.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) permite esta solicitud solo si:
- El Formulario I‑130 fue aprobado antes del fallecimiento.
- El beneficiario principal no ha cometido delitos ni violaciones migratorias graves.
- Se presenta una solicitud por escrito explicando razones humanitarias, como lazos familiares, edad, salud o tiempo viviendo en EE. UU.
Además, el solicitante debe contar con un nuevo patrocinador sustituto, quien firme una nueva Declaración Jurada de Patrocinio Económico mediante el Formulario I‑864. Esta persona debe ser ciudadano o residente permanente y tener ingresos suficientes según las pautas federales.
Presentar este tipo de solicitud requiere planificación, evidencia sólida y argumentación clara. Aunque el proceso no tiene un formulario específico ni garantía de aprobación, puede ser una vía para evitar la separación familiar definitiva.
Conclusión
La pérdida de un patrocinador no significa necesariamente el fin del camino migratorio. Si se actúa rápido y se cumplen los requisitos, es posible continuar con la petición por razones humanitarias.
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